Derechos de las mujeres

En el oriente del país ha existido un problema grave de desaparición de mujeres

Por Jimena Aguilar con reportes de Vilma Laínez | En La Unión, Morazán y Usulután las mujeres representan la mayor cantidad de víctimas de desaparición por más de una década. Hasta 2012, en El Salvador más mujeres que hombres se veían afectadas por este tipo de delitos. Después no dejaron de ser víctimas, sino que más hombres empezaron a ser desaparecer.

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Entre los años 2005 y 2012, en la mayoría de los departamentos del país, las mujeres representaron más del 50 % de víctimas de los delitos de privación de libertad y privación de libertad agravada. Aunque las cifras nacionales de víctimas hombres y mujeres eran casi similares hasta ese año, datos recopilados por la Fiscalía General de la República sobre víctimas de estos delitos, segregados por género y departamento, muestran que, en algunos departamentos del país, la proporción llegó a estar de forma constante arriba de 70 % y 80 % de víctimas mujeres. 

Hasta 2012, una mayor proporción de mujeres víctimas de desaparición era la norma

Explorá los datos por departamento y por género:

Durante ocho años consecutivos (2005-2012), las mujeres fueron la gran mayoría de víctimas de desaparición en el oriente del país. Solo en el departamento de La Unión representaron 8 de cada 10 víctimas.  

Las grandes excepciones de esta constante se registraban en San Salvador, La Libertad, Santa Ana, Chalatenango, Sonsonate y Cuscatlán, departamentos en los que de forma constante los hombres han representado la mayor parte de las víctimas de desaparición*. 

En 2012, el mismo año en que se conoció sobre la primera tregua entre pandillas, los hombres empiezan a desaparecer más en otros departamentos fuera de San Salvador y algunos otros más. Este año es cuando la cifra global de víctimas de los delitos de privación de libertad y privación de libertad agravada se disparan. 

Departamentos de oriente han tenido tendencias alarmantes en desapariciones de mujeres

Ante el sistema legal, hasta octubre del 2019, la desaparición causada por personas particulares o grupos de pandillas estuvo tipificada como Privación de Libertad o Privación de Libertad Agravada, descritos en los artículos 148 y 150 del Código Penal. Ahora, el Código Penal también reconoce el delito como desaparición de personas en el artículo 148-A, el cual puede conllevar penas de 15 a 25 años de cárcel para quien prive de su libertad, desaparezca y oculte el paradero de una víctima. Este delito se distingue de la desaparición forzada, la cual es efectuada por funcionarios públicos o personas naturales por orden de funcionarios públicos. Sin embargo, familiares de víctimas de desaparición también se unen a la conmemoración del del día de las desapariciones forzadas. 

2012 fue un punto de inflexión en desapariciones de hombres

El juez Especializado de Sentencia C de San Salvador, Óscar Escalón, asegura que en El Salvador las personas desaparecen por violencia de los grupos de pandillas, a quienes se les responsabiliza del 80 % de este tipo de delitos. Otras causas menos comunes, dice, son la migración indocumentada hacia Estados Unidos, la trata de personas, enfermedades mentales y, a veces, fenómenos naturales. 

“Aquí, generalmente, una persona de cierto perfil, que va de un lugar para otro, que en el terreno se perdió, lo más seguro es que esa persona está muerta. “Yo le diría que quizás el 90% de aquí, la gente que desaparece, que la van a encontrar muerta o no la van a encontrar nunca”, comenta el juez. 

Las mujeres del oriente del país han estado en especial peligro de este tipo de delitos 

En Morazán, San Miguel, Usulután y La Unión las mujeres han desaparecido con mayor frecuencia que sus contrapartes hombres. En el caso de La Unión, aún después del repunte en desapariciones de hombres a partir de 2012, las mujeres siguen representando una gran porción de las víctimas. En 2018, fueron más de 5 de cada 10 víctimas en este territorio. 

Víctimas de privación de libertad y privación de libertad agravada entre 2005 y 2018

Silvia Juárez, directora del programa “Hacia una vida libre de violencia para las mujeres” de la Organización de Mujeres Salvadoreñas por la Paz (Ormusa), comenta que además existen obstáculos específicos para las mujeres cuando se investigan los casos en los que son víctimas: “Hay esta exigencia de patrones habituales en el caso de las mujeres y las hipótesis de decisiones voluntarias: ¿seguro tenía un amante? y por eso se fue. Seguro tenía un novio y se fue. ¿Seguro que no se había peleado con usted? ¿Seguro que no se fue con alguien más?, ¿seguro que no acostumbraba a irse?». 

Esta descalificación, según Juárez, no solo es una valla que familiares de las víctimas deben superar, sino que también implica un rechazo por parte de las autoridades a aceptar la existencia de la violencia de género y las particularidades de los fenómenos específicos a los que las mujeres se enfrentan. “Hay toda una persistencia de negar el hecho que alguien pudo haber forzado a una mujer a borrarse del mapa. Esto trae como consecuencia el nivel de estigmatización social, o sea, la descalifican. Entonces, la primera cosa que le negamos a esas personas es la calidad de víctimas y de ahí todo derecho está anulado”.  

Las desapariciones no pararon durante la cuarentena obligatoria

En el contexto COVID-19, las desapariciones de personas no han parado. Hasta el 3 de agosto de 2020, la PNC registró 822 desapariciones. 

Abogados de la Asociación Salvadoreña por los Derechos Humanos, ASDEHU, que da seguimiento de forma legal y atención psicológica a familiares de personas desaparecidas por la violencia actual, explicaron que desde marzo a agosto de este año ha sido muy difícil darle seguimiento a los casos que llevan. Pedro Cruz, afirmó en agosto que al menos 34 casos activos, que la organización manejaba, se han visto afectados por la pandemia por COVID-19. “Durante este tiempo la fiscalía solo ha estado trabajando emergencias, las flagrancias, las capturas y atendiendo términos. De hecho, pasaron 2 meses sin investigar ningún caso, de ningún tipo, no me refiero solo a desaparecidos, sino que, de ninguno, ni de homicidio, ni de nada… «. 


*En El Salvador existen tres tipos delitos que cubren el fenómeno al que comúnmente se le denomina desaparición en el Código Penal: privación de libertad, en el Art.148 y 150; desaparición de personas (existente desde 2019), en el 148-A; y desaparición forzada, en el Art. 364 y 365. Los datos utilizados en estas visualizaciones se refieren únicamente a los delitos de Privación de Libertad y Privación de Libertad Agravada. 


Esta investigación se hizo con el apoyo de la Open Society Foundation.

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