Por Mónica Campos
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), impuesta en mayo de 2021, declaró inconstitucional que el artículo 23, inciso 2 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, no se incluya el cambio de nombre por razones de identidad de género. Los magistrados mandaron a la Asamblea Legislativa a reformar la ley, lo que abre una puerta al derecho de identidad de las personas transgénero, transexuales y de género no binario.
Actualmente, el cambio de nombre está contemplado en el artículo 23 de la ley, únicamente cuando el nombre sea considerado equívoco respecto al sexo, impropio de persona, lesivo a la dignidad humana, nombre extranjero que quisiera «castellanizarse» o para ser sustituido por uno de uso común.
El derecho al nombre es una seguridad jurídica de la cual las personas trans han sido históricamente privadas, según Bianka Rodríguez, directora de la organización pro derechos de las personas trans, COMCAVIS TRANS. Rodríguez aclaró que la Sala Constitucional impuesta no está resolviendo el derecho a la adecuación del género, sino únicamente del nombre de cada persona.
La defensora valoró el fallo como positivo, ya que la situación de las personas trans en El Salvador es de discriminación y violencia. «Toda persona trans ha sufrido vulneración a sus derechos, a su integridad por el simple hecho de contar con un Documento Único de Identidad que no contempla un nombre acorde a su identidad y expresión de género», remarcó.
El proceso de inconstitucionalidad fue promovido por integrantes de movimientos por la diversidad sexual, entre ellas la activista Karla Avelar, quien interpuso en 2016 el recurso de inconstitucionalidad que finalmente ha resuelto la Sala.
El fallo de una Sala cuestionada
El fallo que abre la puerta a la inclusión de la identidad de género en el cambio de nombre fue otorgado por los magistrados de la Sala Constitucional juramentada y promovida por el partido oficialista, Nuevas Ideas. La sustitución de la anterior Sala y la imposición de una nueva integrada por Luis Javier Suárez, Héctor Naún García, Ángel Pérez Chacón, Elsy Dueñas y Óscar López Jerez, fue internacionalmente criticada y calificada como un golpe al Órgano Judicial.
Ámbar Alfaro, directora de Enlace Comunitario en Casa Rubí El Salvador, recalcó que, para ella, más que valorar el hecho de que el fallo venga de una Sala Constitucional cuestionada, lo importante es el avance que supone esta resolución para la población trans en El Salvador y agregó: «Si este es el momento político para la Sala y para la Asamblea Legislativa, bienvenido sea».
Alfaro aclaró que, si bien la reforma al artículo del cambio de nombre supone un avance para la población trans, este es «superficial», pues la Sala no pidió regular el cambio de sexo y género en la documentación de las ciudadanas. Esto significa que, de darse una reforma, una persona podría cambiarse un nombre considerado como masculino por uno femenino o viceversa, pero en el apartado de sexo seguiría sin ser reconocida como persona trans y continuaría siendo identificada con una de las categorías asignadas, hombre o mujer, impuesta en la partida de nacimiento.
La activista recalcó que el cambio de género es importante para tener una verdadera coherencia entre la identidad de género, la expresión de género y la documentación oficial de cada ciudadana.
En manos del legislativo
La Asamblea Legislativa tiene un año a partir del fallo para emitir las reformas pertinentes.. Anteriormente, la actual Asamblea Legislativa ha mostrado estar en contra del derecho al nombre para las personas trans. En mayo de 2021, la Comisión de la Mujer de la Asamblea Legislativa, compuesta en su mayoría por diputadas del partido oficialista Nuevas Ideas, desechó la Ley de Identidad de Género promovida por organizaciones LGBTIQ+. La propuesta tardó más de 10 años en construirse y tenía tres años más a la espera de ser estudiada por las legisladoras.
Bianka Rodríguez aseguró a Alharaca que desde la presentación de la nueva propuesta de Ley de Identidad no han recibido ninguna notificación o acercamiento por parte de la Comisión de la Mujer. Agregó que la presentación del recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Nombre buscaba agotar los mecanismos nacionales de jurisprudencia y tener más recursos para el impulso de dicha ley. “Es importante tener este mensaje para la Asamblea Legislativa porque al final es una Asamblea Legislativa que tiene un lema de que están sirviendo al pueblo”, concluyó.
Del mismo modo, Kerlin Belloso, abogada de la Dirección de Acceso a la Justicia de FESPAD, expresó que es importante hacer un llamado a la Asamblea Legislativa que si bien la Sala da un año para emitir las reformas, no espere a que se cumpla el año ya que tienen a la espera de estudio la propuesta del Ley de Identidad en la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género.
El 20 de agosto del mismo año, las organizaciones presentaron nuevamente una propuesta de Ley de Identidad que fue recibida únicamente por la oposición. La diputada Anabel Belloso, del FMLN, y Linda Funes, de Nuestro Tiempo, le dieron iniciativa de ley. Sin embargo, a la fecha no ha sido discutida ni estudiada en la Comisión de la Mujer.