Joselyn Rivera estaba acostada en una hamaca, amamantando a su bebé de un año, cuando dos policías entraron a su casa para detenerla. La escena era cada vez más recurrente en las casas de esta colonia desde hace cinco meses, cuando policías y militares comenzaron a patrullar las calles y a detener a varios de sus vecinos. Esta es una situación que se repite en todo el país desde que el Gobierno de Nayib Bukele decretó el régimen de excepción, el 27 de marzo de 2022.
Joselyn acostumbraba a ver las detenciones desde la ventana de su casa, donde funcionaba una tienda de productos básicos, de la que hoy solo quedan reservas en dos pequeños estantes. El 26 de agosto de 2022, fue detenida; y, en diciembre de ese mismo año, el Instituto de Medicina Legal (IML) confirmó su diagnóstico de esquizofrenia.
A veces Joselyn, que enfrentaba un cuadro de depresión por la pérdida de su primer hijo durante el parto en diciembre de 2020, le decía a Carlos Zamora, su pareja, que se sentía mal y que le dolía el pecho. Él cuenta que no le gustaba que ella tomara los antidepresivos porque temía que se volviera dependiente. Cuando no podía ayudarla en su malestar sacándola a pasear para que se distrajera, la llevaba a un médico público.
Carlos recuerda que, un día, Joselyn le dijo: «Si me meten presa, me voy a morir allá adentro. No voy a aguantar». Al ver cómo se llevaban a sus vecinos, ella también temía que la detuvieran, porque hace años, cuando aún no vivían juntos, había estado detenida por una pelea. Pero Joselyn no tiene antecedentes penales graves.
Desde el día que la detuvieron, hace 21 meses, Carlos no la ha vuelto a ver ni sabe nada de ella. Ninguna de las autoridades, como sucede con muchas personas detenidas arbitrariamente, le dejan verla ni comunicarse. Tampoco lo puede hacer el abogado. No saben si Joselyn está recibiendo atención médica.
El psiquiatra del Instituto de Medicina Legal le advirtió al juez a cargo de la causa que, de no tratar a tiempo el caso de Joselyn, ella podría morir. Sin embargo, el peritaje, que fue recibido oficialmente por el abogado público el 15 de marzo de 2023, no ha ayudado a acelerar el proceso judicial.
Joselyn cumplió 30 años en junio del 2023. Es una de las 79,947 personas detenidas en los últimos 26 meses en El Salvador. La organización no gubernamental Cristosal ha documentado 44 casos, incluido el de Joselyn, de personas que presentan condiciones psiquiátricas como esquizofrenia, y trastornos ansiosos y depresivos, que han sido detenidos irregularmente.
El régimen de excepción, que las y los diputados del partido oficialista, junto con sus aliados, renuevan cada mes, suspende tres derechos constitucionales: informar a las personas sobre su detención y derecho a la defensa; que la detención no exceda a las 72 horas y vulnera la privacidad de las telecomunicaciones. El régimen ha convertido a El Salvador en el primero con la mayor tasa de población carcelaria a nivel mundial por cada 100 mil habitantes, según World Prison Brief, hasta abril de 2024.
En el último informe presentado por siete organizaciones defensoras de derechos humanos sobre El Salvador, a dos años del régimen de excepción, se estima que las cárceles salvadoreñas tenían para abril de 2024 un hacinamiento del 62.78 %. La información que han registrado les ha permitido perfilar que, en los últimos dos años, más del 52 % de las personas detenidas eran jóvenes de entre 19 y 30 años.
El Salvador ha sido citado a tres audiencias ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por violaciones a derechos humanos. De estas, solo asistió a una, y no autoriza la visita del tribunal internacional para verificar lo denunciado por las organizaciones de la sociedad civil: detenciones ilegales, hacinamiento en las cárceles, allanamientos ilegales y tratos crueles.
Una casa vacía
La casa de Joselyn –la que era su casa hasta que la detuvieron– está amoldada con el mismo diseño que tienen las casas de las colonias populares de San Salvador: una sala pequeña en la entrada, una cocina y dos o tres cuartos al fondo. La luz es tenue, y en una pared Carlos ha colgado su título de Contador. En la otra, hay fotografías de Joselyn a orillas de una playa, sosteniendo en una pierna a su hijo, y una foto de la familia completa en un parque de diversiones.
La esquizofrenia es un cuadro psiquiátrico que dificulta las relaciones sociales de una persona para vivir en comunidad e insertarse en otras esferas sociales, por ejemplo, en el mundo laboral. Este cuadro depende de características de la persona diagnosticada y del entorno social que estigmatiza su diagnóstico, explica Alicia Stolkiner, una reconocida psicóloga argentina y, hasta 2021, titular de la cátedra de Salud Mental de la Universidad de Buenos Aires.
Bajo estos parámetros, la esquizofrenia ha sido considerada desde el derecho una discapacidad psicosocial. En tanto que, los casos judiciales en los que hay personas con este diagnóstico, requieren un proceso especializado que debe involucrar, además de a defensores y fiscales, a un equipo multidisciplinario.
A falta de datos oficiales sobre el perfil de las personas detenidas en El Salvador, Cristosal es la única organización de la sociedad civil que recopila casos como el de Joselyn. Antes del régimen de excepción, Cristosal registraba también casos de detenciones de personas con discapacidades psicoemocionales o intelectuales.
«Logramos registrar dos o tres casos en donde los familiares nos indican que la Policía ya tenía conocimiento de que la persona tenía una discapacidad intelectual y que se ponía violenta, porque tampoco identifican la enfermedad, sino que van al hospital, le brindan medicamentos, pero se ponen violentos. Los policías ya tenían conocimiento de eso y llegaron solo a detenerlos», señala Janeth Martínez, técnica legal en el Área de Derecho y Seguridad de Cristosal.
Martínez explica que algunas familias tienen pruebas de que sus parientes en situación de privación de libertad viven con alguna discapacidad, ya sea a través de recetas o certificados médicos que demuestran que estaban recibiendo tratamiento. Estos documentos podrían ayudarles a solicitar una audiencia especial ante un juez exponer la discapacidad y buscar la libertad condicional o, al menos, garantizar el acceso continuo a la medicación. Aquellas personas que no pueden demostrar ninguna condición, tienen mayores dificultades para lograrlo.
«Una persona que tiene un diagnóstico de esquizofrenia paranoide, pero que está en tratamiento, sigue adecuadamente el tratamiento, tiene contención e inserción social, no necesariamente va a protagonizar ningún episodio violento o agresivo», señala Stolkiner, la psicóloga argentina.
Carlos, la pareja de Joselyn, ni siquiera sabe si ella tiene acceso a atención psiquiátrica. En audiencias en la CIDH, las organizaciones de derechos humanos salvadoreñas han denunciado que las personas con cuadros psiquiátricos no tienen acceso a medicamentos.
En el país con la mayor población carcelaria, Joselyn está expuesta a la muerte, asegura la psicóloga Stolkiner, ya que el personal carcelario no está preparado para enfrentar situaciones de delirios o situaciones violentas por parte de las personas privadas de libertad.
Cuatro prisiones en tres días
El día de la detención de Joselyn fue un viernes. A las 7:30 de la noche, Carlos volvió a casa después de dar clases en una universidad de San Salvador. Cuando llegó, recuerda, los policías que detuvieron a Joselyn tocaron la puerta. Él atendió y los agentes les pidieron su documento de identidad y el de Joselyn.
Era una requisa de rutina y los policías verificaron que la pareja no tenía antecedentes penales. Los policías estaban por subirse a la patrulla, pero Carlos escuchó que un policía le dijo al otro que debían llevarse detenido a alguien de esa casa. Así fue como volvieron y entraron por Joselyn.
Para esposarla, le arrebataron al niño de sus brazos y se lo entregaron a Carlos. El bebé lloraba. Carlos intentó convencerles de la inocencia de Joselyn. Les habló de la tienda que le había ayudado a montar a Joselyn con parte de su pensión y también les mostró su título de Licenciado en Contabilidad, pero de nada sirvió.
Esa noche de agosto de 2022, Joselyn estuvo detenida en una delegación policial del 911 cercana a su casa. Eso fue lo que le dijeron a Carlos, porque él no pudo verla. A la mañana siguiente, le dijeron que la trasladaron a la delegación policial de Ilopango, donde él fue, con su pequeño hijo, a pagar 45 dólares por la alimentación de Joselyn. En el lugar, los policías de turno le dijeron que se fuera porque ella había confesado que era pandillera.
El domingo, Joselyn fue trasladada a la antigua Cárcel de Mujeres que, desde septiembre de 2022, pasó a ser oficialmente una cárcel destinada para personas detenidas durante el régimen de excepción. En ningún momento, Carlos era informado de estos traslados, solo se enteraba de manera informal cada vez que iba a una delegación a buscarla.
El 28 de agosto de ese año, Carlos, con su hijo en brazos, fue a la antigua Cárcel de Mujeres con el primer paquete con provisiones mensuales para Joselyn, pero los custodios le informaron que ella ya había sido trasladada al penal de Apanteos, en el departamento de Santa Ana, a dos horas de la capital.
De los 44 casos de personas con discapacidades psicosociales e intelectuales que acompaña la organización Cristosal, solo tres familias se han asesorado legalmente y presentado hábeas corpus a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ); dos lo han hecho a un Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y otra familia, ya tramitaba en la CSJ un hábeas corpus.
Socorro Jurídico Humanitario, una organización que nació en julio de 2022 para asesorar legal y psicológicamente a familiares de personas detenidas arbitrariamente en el marco del régimen de excepción, señala que solo se han admitido cinco hábeas corpus de los 1.800 presentados hasta abril pasado por detenciones irregulares.
Esta fue la primera organización a la que Carlos acudió para denunciar la detención de Joselyn. Antes había presentado un hábeas corpus ante la Corte Suprema, pero no se lo admitieron.
La directora de Socorro Jurídico Humanitario, Ingrid Escobar, asegura que presentaron otro hábeas corpus en la Cámara Especializada del Crimen Organizado de Santa Ana, el departamento en donde está ubicado el penal de Apanteos, pero el tribunal remitió el hábeas corpus a la Sala de lo Constitucional.
La primera audiencia de Joselyn fue el 6 de septiembre de 2022. El proceso, en el que es acusada por el delito de agrupaciones ilícitas, sigue su curso y está en la etapa de instrucción en el Juzgado Cuarto Contra el Crimen Organizado C-2 de San Salvador. Las penas por este delito fueron aumentadas durante el régimen de excepción. En la nueva legislación, Joselyn está expuesta a una condena de hasta 30 años.
En el régimen de excepción, las y los diputados aumentaron las penas por el delito de agrupaciones ilícitas, de entre 20 a un máximo de 30 años, cuando no se trate de cabecillas de pandillas; y agravaron las penas en los delitos vinculados al tráfico de drogas cuando estos sean cometidos por personas señaladas de ser pandilleras. Al tiempo que cambiaron el funcionamiento del sistema penal: las personas no tienen un plazo de detención, son juzgadas por jueces anónimos y en estos procesos pueden haber testigos de referencias que las culpen de hechos.
Por medio de una abogada que conocía dentro de la Procuraduría General de la República (PGR), la institución de la defensoría pública, Carlos consiguió que otro abogado tramitara el peritaje de Joselyn en el juzgado que conoce su caso, para saber sobre su estado de salud.
La única vez en la que el Estado contactó a Carlos fue para confirmar si él era pariente de Joselyn. En diciembre de 2023, lo llamaron desde el penal de Apanteos, para actualizar sus datos personales. El abogado público le ha sugerido a Carlos esperar a que se cumplan los dos años que dura la etapa de instrucción, es decir, esperar a agosto de este año, para tramitar la liberación en la segunda audiencia del proceso.
Entre las detenciones masivas y el hacinamiento carcelario, pocos familiares logran que los abogados intervengan en los procesos judiciales. Una de las reformas penales en el marco del régimen de excepción prohíbe la comunicación entre los defensores y los familiares con los detenidos. Del total de detenciones, hasta abril de 2024, las organizaciones de la sociedad civil habían atendido 6.305 denuncias por violaciones a derechos humanos.
En la última audiencia que enfrentó el Estado en la CIDH, el 13 de noviembre del año pasado, las organizaciones expusieron que en El Salvador hay un abogado público para 219 personas y estas condiciones no pueden garantizarles una defensa de sus derechos ante jueces que son anónimos.
“Los abogados, en las audiencias, tienen uno o cinco minutos para hablar con sus clientes. Su familia tiene un año y medio de no verlos, [hasta] entonces se les permite que un familiar pueda comunicarse con ellos. Esta es la situación de los internos”, confirma Antonio Durán, juez de Sentencia de Zacatecoluca, de los pocos de su gremio que públicamente se ha pronunciado por las violaciones al debido proceso de las personas detenidas arbitrariamente por el régimen de excepción.
Durán fue trasladado en septiembre de 2021 desde la capital a un juzgado del interior del país. Su traslado ocurrió dos semanas después de que la Asamblea Legislativa aprobara un decreto para jubilar a jueces y juezas mayores de 60 años de edad. Según Durán, no hay información oficial sobre cuántos jueces y juezas fueron jubilados y quiénes les sustituyen.
El juez no tramita casos del régimen de excepción, porque esto lo hacen solo los juzgados contra el Crimen Organizado, que están en las tres principales ciudades de El Salvador: San Salvador, la capital; Santa Ana y San Miguel, pero todos los días está al tanto del funcionamiento del sistema judicial.
Desde antes de que comenzara el régimen de excepción, apunta Durán, los jueces dejaron de tener acceso al Sistema de Información Penitenciaria, a través del cual monitoreaban en qué cárcel estaban detenidas las personas que procesaban. Ahora cuesta localizarlas, porque el sistema depende del Ejecutivo.
Con una reforma al artículo 73 del Código Procesal Penal y con el argumento que deben protegerse las identidades de jueces, magistrados y secretarios de tribunales, los salvadoreños procesados por delitos relacionados con pandillas no saben quién los juzga.
Aunque durante más de año y medio, Carlos no ha logrado siquiera ver a Joselyn, él la sigue visitando desde afuera cada mes en la cárcel de Apanteos, porque los custodios de la cárcel anterior le dijeron que estaba allí. Viaja dos horas desde San Salvador para llevarle comida, ropa e insumos de limpieza. En cada viaje, gasta 150 dólares. Llega al penal y deja los insumos con la esperanza de que se los entreguen.
Desde que detuvieron a su pareja, Carlos tiene tres trabajos para pagar el paquete mensual de necesidades, la renta y demás recibos, y para mantener a su hijo y a su mamá con diabetes. La señora vivía antes en Guatemala y le pidió que se mudara con él para ayudarle a cuidar a su hijo mientras él trabaja.
“Este contexto en el que a una persona se le detenga y luego el Estado niegue toda información, dónde está, para el derecho internacional se considera una desaparición forzada. Aunque sea por poco tiempo, aunque la persona aparezca después, se conocen como desapariciones de corta duración o desapariciones temporales”, explica Leonor Arteaga, directora de Programa de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF, por sus siglas en inglés).
El 9 de mayo de 2024, las organizaciones defensoras de derechos humanos que solicitaron las audiencias ante la CIDH, presentaron ante el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias (WGEID por sus siglas en inglés), un informe que documenta estas 327 desapariciones forzadas o involuntarias ocurridas desde el inicio del régimen de excepción.
Criminalización de la pobreza
El régimen calla a las comunidades organizadas y amedrenta a quien se oponga al discurso gubernamental, señala Arteaga. El ejemplo que ella trae a cuenta es la detención de cinco líderes ambientales del cantón Santa Marta, en Ilobasco, Cabañas, una comunidad organizada que fue clave para que El Salvador fuera, en 2017, el primer país del mundo en prohibir la minería metálica.
Las organizaciones han denunciado ante la CIDH que, en los primeros meses del régimen de excepción, los policías y militares tenían que cumplir una cuota diaria de personas detenidas; y que algunas detenciones son el resultado de denuncias anónimas.
El gobierno ha liberado a 7 mil personas, porque públicamente ha reconocido que los policías y militares erraron en sus detenciones. Pero estas personas, dice Verónica Reyna, directora de Derechos Humanos del Servicio Social Pasionista, una organización de derechos humanos con 30 años de trabajo y que monitorea el sistema penitenciario, no están absueltas, sino que llevan su proceso penal en libertad. A algunas de ellas, para dejarlas libres, las han sometido ilegalmente a la prueba del polígrafo.
«Lo que identificamos es cómo el aparato estatal está engranado para que estas violaciones se cometan de manera generalizada», indica Irene Guadalupe Cuéllar, delegada regional para Centroamérica de Amnistía Internacional. Y enfatiza que el régimen de excepción puede ya no renovarse, pero los detenidos quedarán siendo juzgados bajo las reformas legales aprobadas en los dos últimos años.
La organización internacional ha entrevistado a 40 personas con libertad condicional y que son acusadas de agrupaciones ilícitas, a partir de lo cual apuntan a que existe una arbitrariedad para concederle a unas personas la libertad y a otras no.
A un año de la detención de Joselyn, el 25 de agosto de 2023, la Asamblea Legislativa aprobó el decreto 144, que autoriza a la Fiscalía General de la República (FGR) a juntar en el juicio a personas que considere de la misma estructura de pandillas y que hayan sido detenidas en régimen de excepción, aunque las causas sean tramitadas en juzgados diferentes.
Desde la primera audiencia, hay una mezcla de pandilleros con personas que no tienen ninguna vinculación con las pandillas, explica Irene Cuéllar. El juicio para las personas detenidas en el régimen de excepción a la fecha podría ser hasta en 2026, cuando el contexto salvadoreño sea más represivo que ahora. De tal forma que todas las personas privadas de libertad en este periodo tienen altas probabilidad de ser condenadas por jueces de los que no se sabe su identidad, agrega.
En sus visitas a El Salvador, Amnistía Internacional ha documentado que el común de las detenciones del régimen de excepción son personas que viven en zonas estigmatizadas por la presencia de pandillas o por sus condiciones socioeconómicas. «El régimen de excepción penaliza la pobreza. Es una justicia selectiva», coincide un abogado privado con experiencia en la defensa de detenciones arbitrarias, pero que decide hablar desde el anonimato.
El abogado explica que las personas detenidas son comerciantes informales o estudiantes sin ingresos económicos. A veces son detenidas en sus negocios, otras en las calles o cuando van a una institución pública a tramitar documentos personales, porque en el sistema policial aparecen con antecedentes penales, aunque ya no tengan ningún delito pendiente.
La FGR también acusa a Joselyn de haber estado en otro lugar, que no es su casa, el día de la detención y con un grupo de personas. Pero tal es la falta de información del Estado sobre los detenidos en el régimen de excepción, que a esta información solo ha tenido acceso el defensor público de Joselyn, al que Carlos ha dejado de contactar, pues no puede resolver sobre el proceso de su pareja.
Por este tipo de casos denunciados por las organizaciones defensoras de derechos humanos, Amnistía Internacional visitó El Salvador en junio de 2022. Uno de los primeros casos que documentó fue el de un hombre de 45 años, con una discapacidad intelectual, que fue detenido y encarcelado en el penal de Izalco, desde donde fue trasladado a un hospital y ya no fue localizado por sus familiares, sino cuatro meses después, en una fosa común.
De acuerdo con la información recabada por la organización, el hermano del fallecido lo había buscado en cárceles y hospitales, y también estaba dentro de un grupo de Whatsapp de familiares de personas detenidas durante el régimen de excepción, en el que había dejado su contacto.
Un día recibió la llamada de un hombre que no quiso identificarse, pero que le sugirió que preguntara por su hermano en el Instituto de Medicina Legal, porque ellos habían compartido celda y recuerda que la última vez que vio a su hermano estaba vomitando sangre por la boca por la golpiza que le habían dado los custodios del penal de Izalco.
Del monitoreo diario a medios de comunicación, las organizaciones sociales estiman que en dos años de régimen de excepción han fallecido 244 personas en las cárceles. De este grupo, 17 fueron casos de muertes violentas y se registraron sospechas de la misma violencia en otros 58 casos. La última muerte, que no forma parte de estas cifras, fue la de una bebé nacida en cautiverio.
Un abogado público, que prefiere hablar desde el anonimato, dice que junto a otros colegas que defienden causas judiciales diferentes, ha comparado que algunos peritajes sobre las condiciones de salud mental de las personas detenidas son copia y pega de peritajes de otros procesos; pero que se realizan frente a defensores, fiscales y jueces, para que tomen legalidad en las causas judiciales.
Según el juez Antonio Durán, en la etapa del juicio ha identificado a personas procesadas que no son conscientes de la realidad o de sus actos, pero que sus colegas anteriores dejaron escalar el proceso como si fuera un proceso común hasta la etapa final. “A partir de mi experiencia, hay líos con el Hospital Psiquiátrico, no tiene capacidad para dar abasto, tienen cuartos y camas limitadas”, añade.
La otra medida de seguridad para personas con diagnósticos como el de esquizofrenia, explica Durán, es que sean enviadas a su casa y lleven un tratamiento psiquiátrico ambulatorio, porque necesitan quedar al cuidado de familiares. El juez confirma que en El Salvador todavía hay conflicto por deliberar quién monitorea a las personas inimputables con medidas de seguridad, si el juez de Sentencia o uno de Vigilancia Penitenciaria.
“Muchas personas pasan gran parte de su tiempo desapercibidas, ya sea porque nunca recibieron un diagnóstico y ahí pasó la política pública. Ya sea porque en el sistema judicial tampoco se identificó o ya sea porque el sistema penitenciario tampoco identificó”, opina Ezequiel Mercurio, jefe del Departamento de Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos de la Defensoría General de la Nación, en Argentina.
Esta instancia es autónoma y está conformada por peritos que asesoran y acompañan a los defensores públicos en la Ciudad de Buenos Aires, la capital Argentina, en los casos judiciales en los que hay una persona con discapacidades psicosociales e intelectuales. Incluso, la unidad de peritos ha creado una serie de preguntas que defensores públicos deben hacer a quienes defienden, para detectar desde el inicio del proceso si las personas presentan alguna discapacidad.
A partir de la nueva Ley de Salud Mental, de 2010, el sistema de justicia en Buenos Aires aborda los casos de inimputabilidad por la vía civil. Una vez que el juez penal ha identificado la inimputabilidad de una persona por temas de salud, se deriva a la persona a un hospital psiquiátrico y esta queda a cargo de un juez civil.
Si los peritajes, por el contrario, identifican que la persona inimputable podría poner en riesgo a los terceros es enviada al hospital psiquiátrico dentro de la cárcel. A diferencia de antes de 2010, dice Mercurio, hay un control de un juez sobre el tiempo en el que debe pasar allí.
En cambio, en El Salvador, estos casos que, dentro del derecho son conocidos como inimputables, quedan a cargo del Hospital Psiquiátrico y son monitoreados por un juez; o, simplemente, no se identifican y escalan como un proceso judicial tradicional a los juicios.
Para este reportaje, los representantes de la CIDH, la ONU, la Organización Panamericana de la Salud y el Gobierno de El Salvador no atendieron las solicitudes de entrevistas.
Apanteos
Afuera del penal de Apanteos, donde Carlos supone que está detenida Joselyn, hay nueve ventas, entre ambulantes e instaladas en unas casas, con productos de comida, limpieza y trajes blancos para las personas privadas de libertad. Son los productos de los paquetes que familiares tienen que llevarles cada mes a la cárcel.
Una vendedora de estas tiendas dice que los días en los que más vende son el 26, 27 y 28 de cada mes, porque es la fecha en la que los familiares suelen dejarles paquetes a las mujeres detenidas. Esta vendedora ofrece un paquete medio de 100 dólares y otro completo de 200 dólares.
Todos los meses Carlos viene a dejarle su paquete a Joselyn. Ahora, en la fila de las entregas, hay gente de diferentes partes del país que, como si fuese una tradición, ahorra cada mes para comprarle el paquete a su familiar privado de libertad y se lo lleva al penal.
«No puedo dejarla morir. Es la madre de mi hijo», dice Carlos, en la casa donde detuvieron a Joselyn. «No puedo dejarla morir», repite.
Con reportes de Nancy Hernández*
Esta investigación fue realizada gracias al apoyo del Consorcio para Apoyar el Periodismo Independiente en la Región de América Latina (CAPIR), liderado por el Institute for War and Peace Reporting (IWPR).